Inquisición
- El sistema procesal utilizado por el Tribunal se centraba en la investigación, juzgamiento y sanción del delito de herejía. Los inquisidores, en cumplimiento de su función, hacían el papel de jueces. No era necesario que existiese denuncia o acusación; podían inquirir, investigar, cualquier indicio razonable que los llevase a sospechar la existencia de personas o grupos heréticos.
- Sin embargo, la rigidez del proceso acusatorio determinada en muchos casos su ineficacia punitiva, y ello acarreó su inaplicación progresiva cuando la mayor abundancia de los delitos hizo necesario adoptar criterios represores más sistemáticos. Así, puede decirse que, en los reinos europeos de finales del siglo XIII el procedimiento acusatorio apenas era ya utilizado.
- La actuación del Tribunal tenía cinco fases: el sermón de la fe, el edicto de gracia, la libre presentación de los arrepentidos, las denuncias y los procesos.
Una de las características propias del procedimiento inquisitorial era que, antes de iniciar sus actuaciones procesales, Los inquisidores debían pronunciar el sermón de la fe. Después de este comenzará un periodo de gracia en el que se permitía A los herejes Confesar voluntariamente sus culpas sin más sanción que una simple penitencia.
Concluido el periodo de gracia los inquisidores procedían a iniciar las actuaciones procesales contra los presuntos herejes. El proceso podía presentar 2 formas: por denuncia o por encuesta.
Confirmación de sospechas
Los indicios reunidos en la etapa informativa no se consideraban prueba suficiente para iniciar un proceso si no eran antes confirmados fehacientemente. Para ello se realizaban las investigaciones pertinentes.
El juicio en sí se iniciaba con la citación o detención del presunto hereje.
Secuestro de bienes
El secuestro de viene se realizaba paralelamente a la detención, debido a qué las propiedades de los herejes podían pasar a la corona.
Debía ser llevado a cabo Por el inquisidor o su sustituto, en presencia de dos religiosos y de un notario.
La siguiente fase de iniciada se iniciaba con la lectura de la acusación a la cual debía responder el procesado detalladamente.
Designación del abogado defensor
Las personas conducidas ante la Inquisición Tenían a su disposición un conjunto de medios para su defensa.
Contestación de la acusación
Luego de producida la nueva lectura del acta acusatorias los inquisidores otorgaban un plazo, normalmente de 9 días, para que el presunto hereje contestase la acusación.
La prueba de testigos
La presentación de pruebas la solía iniciar el fiscal con sus testigos de cargo, a los cuales previamente se les sometía juramento para que declarasen solamente la verdad.
La confesión. El empleo del tormento
Dentro de la concepción de la época, la Inquisición tenia una intencionalidad claramente benefactora al buscar obtener el arrepentimiento de los herejes y, por ende, la salvación de sus vidas, honras, patrimonios y, sobre todo, sus almas.
Tormento in caput proprium
Era el que se empleada para obligar a compensar al reo en lo que referente a su propia causa.
Tormento in caput alienum
Era utilizado para que un reo declararse como testigo en un proceso ajeno.
Revisión del proceso
Concluida la etapa probatoria, los inquisidores trasladaban el proceso a una junta de asesores -cuya misión era hacer la revisión total de lo actuado- quienes determinar si todo el procedimiento había sido efectuado correctamente.
Compurgación
Tras la calificación realizada por los asesores inquisitoriales en ciertos casos, en cumplimiento de la misma, se dictaba la sentencia.
Sentencia
Después de los escritos de conclusiones del fiscal y la defensa, en caso de que el voto de los asesores resultase adverso, los inquisidores leían el veredicto en presencia del procesado.
Veredictos y penas
Los veredictos y las penas de basaban en la demostración de la inocencia o culpabilidad de los procesados así como, en el segundo de los casos, en la gravedad de los delitos atribuidos.
ETAPA PREVIA
ETAPA INDICIARIA
Primeros indiciosConcluido el periodo de gracia los inquisidores procedían a iniciar las actuaciones procesales contra los presuntos herejes. El proceso podía presentar 2 formas: por denuncia o por encuesta.
Confirmación de sospechas
Los indicios reunidos en la etapa informativa no se consideraban prueba suficiente para iniciar un proceso si no eran antes confirmados fehacientemente. Para ello se realizaban las investigaciones pertinentes.
MEDIDAS CAUTELARES
Citación o detenciónEl juicio en sí se iniciaba con la citación o detención del presunto hereje.
Secuestro de bienes
El secuestro de viene se realizaba paralelamente a la detención, debido a qué las propiedades de los herejes podían pasar a la corona.
APERTURA DEL PROCESO
Interrogatorio inicialDebía ser llevado a cabo Por el inquisidor o su sustituto, en presencia de dos religiosos y de un notario.
FASE ACUSATORIA
Lectura del acta acusatoriaLa siguiente fase de iniciada se iniciaba con la lectura de la acusación a la cual debía responder el procesado detalladamente.
Designación del abogado defensor
Las personas conducidas ante la Inquisición Tenían a su disposición un conjunto de medios para su defensa.
Contestación de la acusación
Luego de producida la nueva lectura del acta acusatorias los inquisidores otorgaban un plazo, normalmente de 9 días, para que el presunto hereje contestase la acusación.
ETAPA PROBATORIA
La etapa probatoria se iniciaba con una sentencia interlocutoria de prueba por la cual los inquisidores declaraban finalizada la anterior etapa procesal y otorgaban a las partes un plazo, regularmente de 9 días, para presentar sus pruebas.La prueba de testigos
La presentación de pruebas la solía iniciar el fiscal con sus testigos de cargo, a los cuales previamente se les sometía juramento para que declarasen solamente la verdad.
La confesión. El empleo del tormento
Dentro de la concepción de la época, la Inquisición tenia una intencionalidad claramente benefactora al buscar obtener el arrepentimiento de los herejes y, por ende, la salvación de sus vidas, honras, patrimonios y, sobre todo, sus almas.
Tormento in caput proprium
Era el que se empleada para obligar a compensar al reo en lo que referente a su propia causa.
Tormento in caput alienum
Era utilizado para que un reo declararse como testigo en un proceso ajeno.
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
La culminación de la etapa probatoria y la apertura de la fase final del proceso se realiza de manera formal, pidiendo ambas partes el cierre del procedimiento y el dictado del veredicto.Revisión del proceso
Concluida la etapa probatoria, los inquisidores trasladaban el proceso a una junta de asesores -cuya misión era hacer la revisión total de lo actuado- quienes determinar si todo el procedimiento había sido efectuado correctamente.
Compurgación
Tras la calificación realizada por los asesores inquisitoriales en ciertos casos, en cumplimiento de la misma, se dictaba la sentencia.
Sentencia
Después de los escritos de conclusiones del fiscal y la defensa, en caso de que el voto de los asesores resultase adverso, los inquisidores leían el veredicto en presencia del procesado.
Veredictos y penas
Los veredictos y las penas de basaban en la demostración de la inocencia o culpabilidad de los procesados así como, en el segundo de los casos, en la gravedad de los delitos atribuidos.
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